Artículo 10. Bous al carrer.
El horario de celebración de Bous al carrer será el que se determine, en cada caso, en la Resolución de autorización.
miércoles, 27 de diciembre de 2006
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Orden de 22 de diciembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, por la que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recrearivas y establecimientos públicos, para el año 2006.
No hay comentarios:
Publicar un comentario